Vista la diligencia suscrita en fecha 08 de junio de 2015, por el abogado Gerson Orlando Blanco Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.830, en su carácter de co-apoderado judicial de la ciudadana Teodocia Aldana Arellano viuda de Rojas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.749.583, domiciliada en el Municipio Jáuregui, estado Táchira, mediante la cual apela de la decisión dictada por este Juzgado en fecha 02/06/2015, esta Instancia Agraria destaca, que la sentencia apelada declaró con lugar la cuestión previa prevista en el ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la falta de competencia por la material del Juez, y en consecuencia, declinó la competencia por ante un Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del estado Táchira, en este orden de ideas, el artículo 349 del Código de Procedimiento Civil, establece: " Alegadas las cuestiones previas a que se refiere el ordinal 1° del artículo 346, el Ju.....