DISPOSITIVO
Por las razones anteriores expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, actuando en su competencia, decide:
PRIMERO: Se declara competente para conocer de la presente Solicitud De Medida Cautelar Autónoma De Protección Agroalimentaria.
SEGUNDO: Se decreta Medida autónoma provisional de protección a la actividad agrícola, existente en el lote de terreno conocido como hacienda Ibarra, ubicado en el sector Catárnica, Aldea Ribas de la Parroquia Román Cárdenas, Municipio Capacho Nuevo, estado Táchira, mantengan la actividad agrícola existente, con el desarrollo necesario para su continuidad, es decir, mantenimiento de potreros, los cultivos de café, guineos árboles frutales limones, prohibiéndose efectuar actuaciones que impliquen amenaza a la actividad agrícola desarrollada. La presente medida, tendrá vigencia de seis (06) meses. Así mismo, la presente medida tiene un carácter provisional, y temporal, .....