Por las razones ampliamente descritas, y en aplicación a los criterios jurisprudenciales antes referidos, este Tribunal declara:
Primero: Se declara oficiosamente la PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS POR ABANDONO DE TRÁMITE, por Pérdida sobrevenida del interés procesal, y en consecuencia, se ordena la remisión al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Táchira.
Juez Provisorio,
Abg. Luis Ronald Araque García La Secretaria,
Abg. Carmen R. Sierra Meneses