En consecuencia de las consideraciones anteriores, se deduce como hechos convenidos por las partes, a saber:
1) El estado civil de cónyuges del actor, ciudadano Amadeo Gelvis Gelvis y la codemandada, ciudadana Carmen Cecilia Hernández, supra identificados.
2) La condición jurídica del inmueble, objeto del acuerdo transaccional, propiedad del Instituto Nacional de Tierras.
En el mismo orden, surgen como hechos controvertidos, los siguientes:
1) Examinar la capacidad de contratación de la codemandada de autos, para poder disponer de la mitad del bien correspondiente a la comunidad conyugal, durante el procedimiento que se revisa, correspondiente al expediente N° 8903.
2) Despejar si el acuerdo transaccional alcanzado se realizó en desmedro de los requisitos esenciales de validez del acto jurídico.
3) Verificar la fracción o porcentaje del inmueble objeto de la dación en pago, contenido en el acuerdo transaccional cuya nulidad se demanda.
4) Revisar si la ejecutoriedad del acu.....