este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CON LUGAR la demanda incoada por JOSÉ ANTONIO GUIA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 5.593.550 en contra de la ciudadana NANCY RIVERA PEÑARANDA colombiana, titular de la cédula de identidad N° E- 83. 632. 169 por Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado, en consecuencia de la referida decisión, se declara legalmente Reconocido en todas y cada y una de las partes el contenido y firma del Instrumento Privado objeto del presente litigio. Asimismo, este Tribunal acuerda expedir por secretaría las Copias Certificadas y entréguesele a la interesado. Igualmente, este Tribunal ordena la devolución del documento original el cual corre inserto al folio tres (03) del presente expediente. Quedan a salvo los derechos de terceros, si hubiere lugar a ello. Publíquese, Regístrese, Diarícese y .....