este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia conciliatoria en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: "El arrendatario se compromete hacer entrega del inmueble (habitación) del cual viene siendo arrendatario ubicado en la carrera 6 N° 12-38, frente a la plaza Miranda, Santa Ana, Municipio Córdoba , Estado Táchira, en un lapso de seis (06) meses contados a partir del día 19-06-2017.
SEGUNDO: El arrendatario se compromete pagar como canon de arrendamiento la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00), los primeros cinco (5) días de cada mes.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado T.....