este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia conciliatoria y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el Articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: "El ciudadano FRANCISCO ANTONIO CALDERON ROJAS, se comprometió a depositar como Obligación de Manutención para su hijo la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000.00) MENSUALES, los cuales serán depositados, los primeros cinco días de cada mes.
SEGUNDO: en el mes de Diciembre El padre se compromete a comprar los estrenos del día veinticuatro (24) de Diciembre a su hijo, y la madre los del día treinta y uno (31) de Diciembre, en lo ateniente al regalo de navidad cada uno lo dará un obseq.....