este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia conciliatoria y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 25.000,00) semanales, para un total de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) Mensuales; SEGUNDO: En el mes de Septiembre, Ambos padres están de acuerdo en dotar a su s hijos del 50% para Uniformes y útiles escolares. TERCERO: En el mes de Diciembre Ambos padres dotaran a sus hijos de ropa, calzado útiles personales, así como también su respectivo regalo decembrino; CUARTO: Ambos padres cancelaran el 50% de los gastos médicos, vestido, atención m.....