este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia conciliatoria y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el Articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, en consecuencia queda establecido
PRIMERO: VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 25.000,00) semanales, para un total de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) mensuales.
SEGUNDO: En época escolar ambos padres se comprometieron en igualdad de condiciones , es decir en un 50% con los gastos de los útiles escolares y la compra de uniformes para sus dos hijos.
TERCERO: en el mes de DICIEMBRE: Igualmente se comprometieron a compartir los gastos, de ropa, calzados útiles personales en un 50% cada uno, así como de sus respectivo regalo decembrino. Asimi.....