PARTE DISPOSITIVA
Por las razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY y en virtud del interés superior del niño: DECLARA: PRIMERO: Con lugar la fijación de la obligación de manutención de la presente causa; SEGUNDO: De conformidad con el artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, este Tribunal se fija la obligación de manutención en la suma de: TRECE MIL BOLIVARES (BS. 13.000,00) MENSUALES, apartir del presente mes, las cuales serán, depositados a la cuenta respectiva del Banco Bicentenario a nombre de la ciudadana CARLA NATHALY RODRIGUEZ MARTINEZ, ya identificada; asi como también se le concede un plazo de 72 horas al ciudadano DEIBER DARIO PARRA ARELLANO, para que deposite los cuatro (4) meses (a partir del mes de novie.....