En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
SIN LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento Nª 76 de fecha 18 de marzo de 1966, que corre inserta por ante el Registro Civil del Municipio Rafael Urdaneta del Estado Táchira y el Registro Principal del Estado Táchira, perteneciente al ciudadano Jorge Juan Jaimes Orozco, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N°V-8.994.897; en consecuencia se mantienen inalterables el contenido del acta de nacimiento del mencionado ciudadano.