Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el Divorcio POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos LINFA MARIA CARO DE MENDOZA y LAURENTINO MENDOZA CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 5.283.092 y 15.201.531, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos y que se encuentra extendido en el Acta de Matrimonio Nº 82 de fecha 18 de Septiembre de 1974, llevada ante la prefectura del Distrito Junín, hoy en día Registro Civil del Municipio Junín.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida.....