Por los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO ORDINARIO DE MUNICIPIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA suficientemente a los ciudadanos MANUEL EMILIO PEREZ GARNICA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-9.961.495 y a JOSE DE LOS REYES PEREZ GARNICA, (fallecido) Venezolano, Mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 6.446.142 , en su condición de hijos como únicos y universales herederos del causante ciudadano JOSE ROSARIO PEREZ IBARRA , Venezolano, titular de la cedula de Identidad N° V- 917.717.
Conforme al Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a la parte interesada y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-
Abg. Ana Ramona Acuña
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