En consecuencia, y por cuanto se hace necesario la corrección de la sentencia y de los oficios que ejecutaron la misma, este del Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de ACLARATORIA interpuesta en fecha 10 mayo del 2016, por el ciudadano José Gustavo Gutiérrez García, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.562.375, debidamente asistido por la abogada Alba Duque, sobre la sentencia definitiva dictada por este Tribunal, en fecha 5 de marzo del 2013, a tenor de lo dispuesto en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil y, en consecuencia, donde dice: "el día 11 de enero de 1993, por ante el hoy Registro Civil del Municipio Lobatera del Estado Táchira", debe decir: "24 de enero del 2003, por ante el anteriormente Tribunal de l.....