ASÍ SE DECIDE.
En vista de las consideraciones antes expuestas es por lo que este JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, conforme a las facultades establecidas en el articulo 253 de la Republica Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por mandato del pueblo venezolano y por autoridad de la Ley, DECIDE: DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE ACCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO, en consecuencia, se declara legalmente reconocido en su contenido y firma el Documento Privado de fecha 12 de febrero del 2014, que riela al folio 3 de este expediente, dio origen al presente proceso celebrado entre los ciudadanos Rosa María Rodríguez Rodríguez, quien fue venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 5.417.240, y la ciudadana Aurora Josefina Noguera Rodríguez, venezolana, soltera, titular de la cédula de identi.....