declara: PARTICULAR PRIMERO: Parcialmente con lugar, el ofrecimiento de Obligación Manutención; realizado por el ciudadano YONATHAN LEONEL VELASQUEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.161.292, en contra de la ciudadana DEGGLIS ERLEY CASANOVA ACUÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 18.715.534, quedando la Obligación de Manutención para su hijo de diez (10) meses de edad; en la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 1.500,oo), una cuota adicional para el mes de diciembre en la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,oo) adicionales a la cuota mensual, Cantidades que deben ser depositadas en la cuenta de ahorro que ordene este Tribunal aperturar en el Banco Bicentenario a partir de la fecha quede definitivamente firme la presente desicion.
PARTICULAR SEGUNDO: Los gastos por concepto de consultas medicas, medicinas, exámenes de laboratorio, cirugía y hospitalización el padre aportara el 50% del pago para su hij.....