En merito de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el convenimiento de la parte demandada efectuado por los ciudadanos Anibal Rodney Pulido Hurtado y Anibal del Carmen Pulido Garcia, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-10.743.124 y V-3.079.712, asistidos del abogado del abogado Marcos Alexis Suarez Gomez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 183.959, del documento privado de fecha 9 de agosto del 2016, inserto al folio 3 del expediente, consistente en la venta de un lote de terreno un lote de terreno propio, con pasto artificial, y un área aproximada de 8326,50 m2, ubicado en la Aldea Volador, Municipio Lobatera, Estado Táchira, alinderado y medido así: NORTE: con camin.....