declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Extinción de Obligación de Manutención, intentada por el Hermes Luis Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.124.411, contra los ciudadanos María Alejandra, Yirley Esperanza y Luis Gustavo Ramírez Casanova. Se deja sin efecto la retención acordada en la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 28 de abril de 2003, y se ordena librar oficio al Órgano empleador Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, a los fines de que cese la retención que se venia realizando según oficio Nro 270-2003, de fecha 09 de Julio de 2003.
SEGUNDO: No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del fallo.-
Publíquese y Déjese copia certificada conforme a lo dispuesto artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.