"...proceder de conformidad con lo preceptuado en los artículos 188 y 189 del Código Civil Vigente, en concordancia con los Artículos 762 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y la Resolución N° 2009-0006 del 18 de marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia; y como los exponentes manifiestan estar de acuerdo en Separarse de Cuerpos y Bienes de conformidad con lo establecido en los citados artículos, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudada..."