"...Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero del Muncipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el Divorcio por Ruptura Prolongada de la Vida en Común de los ciudadanos GREGORIO ANTONIO SANCHEZ CHACÓN Y LELIS JOSEFINA FALCON PARRA, plenamente identificados, de las características dichas, y de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 185-A del Código Civil, queda disuelto el vinculo conyugal contraído entre ellos, según Acta Nº 18 de fecha 07 de octubre de 1980, ante el Registro Civil del Municipio Dr. Antonio Rómulo Costa del Estado Táchira..."