DECLARA CON LUGAR, el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común de los ciudadanos JEANET ESPERANZA BORRERO ZAMBRANO y LENDY ANTONIO SALCEDO GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.815.718 y V-10.166.864 respectivamente y domiciliados en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, conforme lo dispone el artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos mediante acta de matrimonio N° 060, de fecha 06 de Septiembre de 1991, expedida por el Registro Civil del Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira.
Liquídese la sociedad conyugal, si hubiere lugar a ello.