DECLARA a los ciudadanos ANA MARINA OCHOA DE MENDOZA, ALLEN JOSÉ MENDOZA OCHOA y ANTONIO JOSÉ MENDOZA OCHOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-3.998.269, V-14.100.924 y V-16.778.630 en su orden y domiciliados en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, en su carácter de cónyuge e hijos, como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano TOÑO JOSÉ MENDOZA ROSALES, quien en vida fue venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.207.350; DEJÁNDOSE A SALVO EL DERECHO DE TERCEROS QUE ALEGUEN IGUAL O MEJOR DERECHO.