PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA del ciudadano JONATHAN JAIRO ESTUPIÑAN MONSALVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.028.436 y domiciliado en el Municipio Cárdenas del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la ciudadana KATTY DUBRASKA VIVAS ZAMUDIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.417.934 y con domicilio en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, contra el ciudadano JONATHAN JAIRO ESTUPIÑAN MONSALVE, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.028.436 y domiciliado en el Municipio Cárdenas del Estado Táchira.
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de DIECINUEVE MIL BOLÍVARES (Bs.19.000,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado, en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir para tal fin, a partir d.....