PARCIALMENTE CON LUGAR , LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN de la niña (Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo65 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y en consecuencia el ciudadano MARCELO SANABRIA DUQUE deberá aportar por obligación de manutención la cantidad de PRIMERO: SETECIENTOS MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS MENSUALES (Bs. Fs. 700. 000,oo), SEGUNDO: En el mes de septiembre y diciembre el doble de dicha que incluye la cuota de manutención y la cuota especial para gastos decembrinos. CUARTO: El cincuenta por ciento (50%) de gastos médicos y de medicinas.