PARCIALMENTE CON LUGAR , LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN del menor (Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo65 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y en consecuencia el ciudadano MARCOS ANDRÉS GONZÁLEZ GUEVARA deberá aportar por obligación de manutención la cantidad de PRIMERO: Treinta Mil Bolívares Con Cero Céntimos Mensuales (Bs. Fs. 30. 000,oo), SEGUNDO: En el mes de diciembre el doble de dicha cantidad que incluye la cuota de manutención y la cuota especial para gastos decembrinos. TERCERO: El cincuenta por ciento (50%) de gastos médicos y de medicinas.