CON LUGAR, la Solicitud de DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN. Formulada por los ciudadanos HERMIS ROSARIO RODRÍGUEZ BLANCO y ANGÉLICA MARÍA SOCARRAS DE RODRÍGUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.136.244 y V-13.824.073, de este domicilio. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los solicitantes por acto celebrado en 29 de mayo de 1992, por ante la Prefectura del entonces Municipio, San Antonio, Distrito Bolívar, Estado Táchira, en acta extendida bajo el N°712.