este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, actuando en primera instancia declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Ruptura Prolongada, formulada por los ciudadanos: SANDRA PATRICIA PEÑA LIZARAZO y MIGUEL MARTIN PARDO RIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.817.257 y V-15.774.007, respectivamente, y domiciliados en San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira, todo de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente y en consecuencia decide: PRIMERO: Queda disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: SANDRA PATRICIA PEÑA LIZARAZO y MIGUEL MARTIN PARDO RIOS, en fecha 24 de Marzo de 2.003, Acta No. 52 inserta ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira. Y así se declara. SEGUNDO: Liquíd.....