Por las anteriores razones y consideraciones, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley actuando en primera instancia declara CON LUGAR la solicitud de Conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio, formulada por los ciudadanos: CARLOS FABIÁN CUADROS y CARMEN YANNETH GUERRERO VALERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 18.856.165 y V- 18.953.247, respectivamente, todo de conformidad con el artículo 185 del Código Civil Vigente y en consecuencia decide: PRIMERO: Queda disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: CARLOS FABIÁN CUADROS y CARMEN YANNETH GUERRERO VALERO, en fecha 10 de diciembre de 2008, según acta Nro. 24, por ante el Registrador Civil del Municipio Libertador del Estado Táchira. Y así se declara.
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