Por las anteriores razones y consideraciones, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de aumento de la Obligación de Manutención presentada por la ciudadana: ANA MARÍA BERMÚDEZ MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.464.432, para sus hijos: R.A.S.B. y V.A.S.B. (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2014, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia), y decide:
PRIMERO: Se establece como nuevo monto de la Obligación de Manutención la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000.00) mensuales.
SEGUNDO: Se establece la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000.00), adicionales al monto mensual de la manutención, para el mes de agosto de.....