Es por todo lo anteriormente expuesto, que este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: CON LUGAR, .
SEGUNDO:
TERCERO:
CUARTO: por la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada conforme lo dispone el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y en su oportunidad legal, bájese el expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Táriba, a los 28 días de abril del año 2017. Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
La Juez Suplente,
Abg. Heilin Carolina Páez Daza
La Secretaria,
Abg.....