En el día de hoy, veintiocho (28) de Septiembre de dos mil quince, siendo las diez de la mañana, (10.00 a.m.) comparecen por ante este despacho la ciudadana: CARRERO SALCEDO FANNY JOHANNA Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.611.616 demandante de autos, y VALDUZ MANCHEGO EMIR ENRIQUE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.985.779, demandado de autos, quienes solicitaron al Tribunal se realice en este momento un acto conciliatorio a los fines de llegar a un acuerdo sobre la Pensión Alimentaría de su hijo, el demandado se da por citado y renuncia al lapso de comparecencia. El Tribunal visto lo solicitado por las partes acuerda de conformidad y procede a la realización del ACTO CONCILIATORIO. El demandado solicito el derecho de palabra y cedido como le fue expuso: "ofrezco aumentar la cuota de obligación de manutención a la cantidad de tres mil bolívares (Bs. 3.000,00) mensuales, cuotas iguales y adicionales de tres mil bolív.....