De acuerdo a las consideraciones expuestas, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO por DESAFECTO, con base a la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de Diciembre de 2016, signada con el N° 1070, expediente N° 8990-2022, con carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos: SAMUEL BLANCO GAUTA, colombiano, titular de la cédula de extranjería Nro.E-81.400.986 y ALBA MARINA GAUTA MOGOLLON, venezolana, titular de la cedula de identidad Nro. V- 5.687.275, contraído por ante la Prefectura Civil del Municipio Palmira, Distrito Cárdenas del Estado Táchira, en fecha 07 de Abril de 1972, tal y como consta en el Acta de Matrimonio N° 37 .....