En el día de hoy, Veinte (20) de Junio de 2016, siendo las nueve y cuarenta minutos de la mañana, presentes los ciudadanos YADIRA ESPERANZA MORA CAICEDO y LEONARDO PERNÍA CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V.-17.862.389 y V.-14.791.63, en su carácter de padres de los niños y adolescentes PERNÍA MORA, acreditados en autos, para la realización de un Acto Conciliatorio en el cual se presentan de forma voluntaria en la causa de Obligación de Manutención Nro. 8704-2016. El Juez los impuso del motivo de su comparecencia y se procedió a la realización de dicho acto.- Seguidamente, el padre de los niños solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: "Estoy de acuerdo con la solicitud de obligación de manutención hecha por la madre de mis hijos y me comprometo a depositar DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs.10.000,00) mensuales, los cuales depositaré los primeros cinco (05) días de cada mes en la cuenta del BANCO SOFITASA Nro. 0137-0002-84-000309.....