Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE REIVINDICACIÓN, interpuesta por el ciudadano FELIDO UVENCIO CARRERO MARQUEZ, titular de la cédula de identidad número V- 3.296.451, contra el ciudadano JESUS MAXIMILIANO GIL CONTRERAS, titular de la cédula de identidad número V- 17.646.493, sobre parte un inmueble ubicado en la Aldea Paramillo, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, ubicado en la vía principal de Toiquito, Palmira Municipio Guásimos del Estado Táchira a 100 metros de la Capilla de la Misión en dirección al Seminario a mano izquierda, galpón sin número. El cual fue adquirido por la demandante según consta de documento protocoliza.....