De acuerdo a las consideraciones expuestas, este JUZGADODE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO por DESAFECTO, con base a la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de Diciembre de 2016, signada con el N°1070, con carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre el señor RENSO LEON AFANADOR, colombiano, mayor de edad,con cedula de extranjero N°E-81.158.838y la ciudadanaJOSEFA SÁNCHEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-9.235.734, de este domicilio, contraídopor ante el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes del estado Táchira tal y como consta en el Acta de Matrimonio N°117 emitida por el Registro Principal del E.....