De acuerdo a las consideraciones expuestas, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO por DESAFECTO, con base a la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de Diciembre de 2016, signada con el N° 1070, con carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos:LISBETH COROMOTO GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-12.010.257y el ciudadanoFERNANDO MORENO MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-16.230.252, de este domicilio, contraídopor ante la prefectura del Municipio Guanare del Estado Portuguesa en fecha 27 de Diciembrede 1993, tal y como consta en el Acta de Matrimonio N°5.....