De acuerdo a las consideraciones expuestas, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO por DESAFECTO, con base a la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de Diciembre de 2016, signada con el N° 1070, expediente N° 9066-2022, con carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos: MONICA YOLANDA SOCORRO PINEDA, venezolana, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad N°V-11.501.504, contra el ciudadano RICHARD ORLEY RAMÍREZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad N° V-12.226.822, contraído por ante la primera autoridad Civil del Municipio Cárdenas, Estado Táchira, en fecha 16 de Febrero.....