DISPOSITIVA
En base a las razones y fundamentos expuestos, y en atención a los artículos 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de rectificación de Acta de Nacimiento; En consecuencia el Acta de Nacimiento No.623, Folio 314, Tomo I, de fecha 01 de septiembre de 1955, asentada originalmente en los libros de Registro Civil, Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; perteneciente al ciudadano "MIGUEL ALBERTO MARIN SANCHEZ"; queda rectificada en el sentido que la fecha real de presentación es el PRIMERO (01) DE OCTUBRE DEL AÑO 1955 y nació EL DIECISIETE (17) DEL MES ANTERIOR, Y NO como erróneamente aparece en dicha acta; Líbrese los oficios respectivos anexándose copia certificada de la presente sentencia, a los fines de qu.....