Vistas y analizadas las anteriores diligencias este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara suficientes los recaudos consignados con la presente solicitud, para asegurarle a la ciudadana ROSA EMIRA CABALLERO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-1.533.474, viuda, domiciliada en el Barrio San Cristóbal, vereda 1, casa 1-2, Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, el CARÁCTER DE ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del de cujus ANTONIO MARIA GUTIERREZ CABALLERO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.998.292, fallecido el día 29 de abril de 2015, según acta de defunción N° 839, de fecha 30 de abril de 2015, quien en vida fuera hijo de la ciudadana ROSA EMIRA CABALLERO, antes identific.....