El Tribunal visto po expuesto por la parte actora insta a la supuesta parte demandada a identificarse con su cédula de identidad por ser este el único documento válido para tal fin, quien informa que no dispone de dicho documento en este acto y la abogada asistente no tiene poder que le acredite su representación, en tal sentido este Tribunal, dada la imposibilidad de constatar la identidad de la parte demandada, se abstiene de conferir el derecho de palabra a la misma indicando el Tribunal que dentro de los tres días de despacho siguientes al de hoy, hará la fijación de los hechos y límites de la controversia, independientemente de si hubiese concurrido o no a la audiencia preliminar. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las diez y cuarenta y cinco de la mañana (10:45 a.m.).