este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo previsto en los artículos 131, 769, 770, 771 y 772 del Código de Procedimiento Civil, Vigente y en los artículos 26, 49 y 251 de nuestro Texto Constitucional, así como en los artículos 144, 148 y 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana ANA CELINA LIZCANO DE CUELLAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No V-9.227.344 debidamente asistida por la abogado NANCY CECILIA CARVAJAL ARIZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 41.403, en consecuencia se ordena al Corregidor Especial del Piñal, Municipio Cárdenas del Distrito Uribante del estado Táchira, hoy Registro Civil del Municipio F.....