este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo previsto en los artículos 131, 769, 770, 771 y 772 del Código de Procedimiento Civil, Vigente y en los artículos 26, 49 y 251 de nuestro Texto Constitucional, así como en los artículos 144, 148 y 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO solicitada por el ciudadano BLANCA LIGIA VILLAMIZAR DE DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-13.792.731, asistida de abogado, en consecuencia ordena al Registro Civil del Municipio San Cristóbal, estado Táchira y al Registro Principal del estado Táchira, a estampar la debida nota marginal en el Acta de Matrimonio N° 209 de fecha 21 de diciembre de 1.960, .....