este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DELA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMUN, de los cónyuges ALEXANDER BUSTAMANTE GARCIA y JENNY HORTENSIA UREÑA LUGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.496.003 y V-10.164.844, respectivamente, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial contraído por ante el Registro Civil del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 11 de Julio de 2008, según Acta de Matrimonio No.200. Liquídese la Sociedad Conyugal si hubiere lugar a ello.