Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara Inadmisible la Presente demanda por no cumplir con los requisitos exigidos en el Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos del Código de Comercio.
SEGUNDO: no hay Condenatoria en costas, por la naturaleza del fallo.
TERCERO: Por cuanto la presente decisión se dictó y publicó dentro del lapso legal establecido para ello, se considera innecesaria la notificación de las partes.