Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, las declara bastantes y suficientes para asegurarle a los ciudadanos DANIEL ALEXANDER ALVARADO ALVAREZ y DANIELA ANDREINA ALVARADO ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-17.644.044 y V-25.713.466, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en su carácter de hijos del De Cujus JUAN DANIEL ALVARADO, quien falleció Ab-Intestato en el Ambulatorio Urbano I de santa Ana, el día 29 de Julio de 2015