este Juzgado Administrando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos MARIA MARLENY UMAÑA DE SALAS venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.429.529, en su condición de cónyuge y a los ciudadanos SHEYLA THAIS SALAS UMAÑA, LUIS ALBERTO SALAS UMAÑA, SHEYMAR ELENA SALAS UMAÑA Y LUISANA SALAS UMAÑA, venezolanos mayores de edad titulares de la cédula de identidad Nro V-11.498.993, V-13.145.654, V-15.502.444 y V-16.410.197, en su condición de hijos el carácter de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del causante LUIS ALBERTO SALAS BERRIO, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro V- 2.887.707, asimismo se deja a salvo todo derecho de terceros