Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, teniendo como base que el auto de homologación tiene como objeto darle ejecutoriedad a los medios de auto composición voluntaria, DECLARA HOMOLOGADA LA LIQUIDACION Y PARTICION AMISTOSA DE LA COMUNIDAD CONYUGAL presentada por los ciudadanos JOGLIN ANER VIVAS BAUTISTA y YAJAIRA YUDITH LEAL MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N°. V-9.215.306 y V-8.097.756, en su orden, asistidos por el abogado JESUS ARNOLDO ZAMBRANO CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.680.582 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.806, en los términos por ellos expuestos, en consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 788 del Códig.....