Visto el convenimiento en lo que respecta a la entrega del inmueble y pago de canon de arrendamiento, realizado por el demandado, ciudadano JOSÉ GREGORIO FLOREZ LUNA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº v- 16.410.418, asistido por al abogada en ejercicio BELKIS CENOBIA CARRERO GONZÁLEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 31.112, y aceptado como fue el mismo por la abogada GISELA SANTOS DE DURAN, titular de la cédula de Identidad N° V- 10.146.473, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 118.912, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadano Ciudadanos GABRIEL OLIFEROW GRIGORIEW, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 5.653.454, como integrante de la sucesión NICOLAY OLIFEROW CZUZNOVA, según Certificado de Solvencia de Sucesiones registro N° 0914 de fecha 02 de agosto de 2010, y Planilla Sucesoral N° 0007861, N° de Recepción 44847, Expediente N° 09-.....