Recibido por distribución, escrito constante de SIETE (07) folios útiles y recaudos en TREINTA Y SEIS (36) folios útiles, presentados el día de hoy, por los ciudadanos: DANNY JOSE BAUTISTA ANDRADE y LUISA THAMARA PAREDES DE BAUTISTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-10.155.401 y N° V-6.310.481, respectivamente, de este domicilio, asistidos por el abogado YESSENIA RODRIGUEZ LAITON, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.945. Fórmese, expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. ADMÍTASE cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES. Este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos: DANNY JOSE BAUTISTA ANDRADE y LUISA THAMARA PAREDES DE BAUTISTA, ya identificados. En consecuencia de conform.....