Por las razones expuestas este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos JOSE GREGORIO UMAÑA RAMIREZ y YENNY CONSOLACION COLMENARES SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad No. V-10.177.991 y V-11.506.573, en su orden, contraído por ante la Primera Autoridad Civil del antes Municipio La Concordia, Distrito San Cristóbal ahora Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; el doce (12) de diciembre de 1988, plasmado en Acta de Matrimonio N° 652 del año 1988, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal y por el Registro Principal, ambos del Estado Táchira.
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